El presente estatuto rige la organización y el funcionamiento de la Asociación de Tocoginecología Río Cuarto (ATR) en su carácter de asociación científica y profesional.
Capítulo I: Denominación, Objeto y Domicilio
Artículo 1: Bajo la denominación de Asociación de Tocoginecología Río Cuarto se constituye una entidad de carácter civil, científico y profesional, con domicilio legal en la ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba.
Artículo 2: Sus fines principales son:
- Promover el estudio, perfeccionamiento y divulgación de la Ginecología y la Obstetricia.
- Fomentar el espíritu de unión, solidaridad y ética profesional entre sus miembros.
- Gestionar convenios de trabajo y representar gremialmente a los asociados ante entidades públicas y de medicina prepaga.
- Vincularse con sociedades científicas nacionales (especialmente FASGO) e internacionales.
Capítulo II: De los Socios y Membresías
Artículo 3: Se establecen las siguientes categorías de asociados:
- Activos: Médicos especialistas radicados en la región que completen el proceso de admisión y abonen la cuota societaria.
- Adherentes: Médicos residentes, profesionales de disciplinas afines o especialistas no radicados en la zona.
- Honorarios: Personalidades destacadas de la medicina nacional designados por la asamblea a propuesta de la Comisión Directiva.
Artículo 4: Los socios activos gozarán de voz y voto en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias y podrán postularse para cargos en la Comisión Directiva una vez cumplidos los dos años de antigüedad.
Capítulo III: De las Asambleas y Gobierno
Artículo 5: El gobierno de la asociación es ejercido por la Asamblea de Asociados y por la Comisión Directiva de acuerdo a las atribuciones fijadas por este estatuto.
Artículo 6: Las Asambleas Generales serán convocadas una vez al año dentro de los meses reglamentarios para tratar la memoria, balances anuales y renovar cargos de la comisión directiva.